Recaudación. Servicio de Tesorería

Objetivos

Servicio de Tesorería

Las funciones más destacadas del Servicio de Tesorería son, entre otras, las siguientes:

  • Recaudar los derechos y pagar las obligaciones de la institución.
  • Servir al principio de unidad de caja, mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias.
  • Responder de los avales contraídos y controlar la disponibilidad dineraria para la satisfacción de las obligaciones de pago contraídas por la institución.

 

Servicio de Recaudación

Además de la gestión financiera y contable interna, la Diputación ofrece un servicio de gestión tributaria y de recaudación de los impuestos delegados por los ayuntamientos o agrupaciones locales y mancomunidades de la provincia.

 

Plan de Tesorería

 

Líneas de actuación

Sus cometidos fundamentales son:

  • La formación y el mantenimiento de los Padrones de Tributos municipales.
  • La práctica de liquidaciones para determinar las deudas tributarias y otros actos de gestión delegados por los ayuntamientos.
  • La Recaudación en período Voluntario y en período Ejecutivo de los Tributos.

El Servicio de Gestión Tributaria y Recaudación gestiona:

De 239 Ayuntamientos:

  • El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Urbana, Rústica y Características Especiales.
  • El Impuesto sobre Actividades Económicas.

De 180 Ayuntamientos, 2 Mancomunidades y 3 Entidades Locales Menores:

  • El Impuesto sobre Vehículos (IVTM).
  • Las Tasas sobre recogida de Residuos Sólidos Urbanos. "Tasa de Basuras".
  • Tasa por Abastecimiento de Aguas.
  • Otras Tasas como Alcantarillado, Ocupación de Vía Pública, Transito de Ganados, etc.
  • Contribuciones Especiales, Precios Públicos, multas y sanciones.

Cómo se gestionan los cobros

  • A través de un sistema centralizado de ventanilla única en las oficinas de Recaudación de Zamora y de Benavente.
  • Mediante la domiciliación de los cobros.

 

Calendario del contribuyente 2025

  • PRIMER PERÍODO DE COBRO
    DEL 3 DE FEBRERO AL 14 DE ABRIL para el cobro de las TASAS Y OTROS INGRESOS DE D. PÚBLICO que cada Ayuntamiento determine.
  • SEGUNDO PERÍODO DE COBRO
    DEL 16 DE JUNIO AL 21 DE AGOSTO,
    para el cobro del IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI) así como para el cobro de las TASAS Y OTROS INGRESOS DE D. PÚBLICO que cada Ayuntamiento determine.
     
  • TERCER PERÍODO DE COBRO
    DEL 25 DE AGOSTO AL 27 DE OCTUBRE,
    para el cobro del IMPUESTO DE VEHICULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA (IVTM), y el IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS (IAE).
     
  • CUARTO PERÍODO DE COBRO
    DEL 23 DE SEPTIEMBRE AL 26 DE NOVIEMBRE,
     para el cobro de las TASAS Y OTROS INGRESOS DE D. PÚBLICO que cada Ayuntamiento determine.